Notificaciones y requerimientos.
Revisión de comunicaciones mediante las cuales el SII solicita antecedentes o inicia una revisión, identificando su objeto, documentación requerida y alcance antes de preparar la respuesta.
Derecho Tributario · Punta Arenas
Asesoría jurídica para contribuyentes y empresas frente a requerimientos, revisiones, citaciones y otras actuaciones del Servicio de Impuestos Internos, desde la primera comunicación hasta una eventual controversia tributaria.
Fiscalización tributaria
Una fiscalización puede comenzar con una notificación o requerimiento de antecedentes y, dependiendo del procedimiento y de los resultados de la revisión, avanzar hacia otras actuaciones tributarias.
Antes de responder resulta necesario determinar qué períodos, declaraciones u operaciones se encuentran sometidos a revisión, cuáles son los antecedentes solicitados, qué documentación existe para respaldarlos y qué plazo debe ser considerado. La primera respuesta puede condicionar las etapas posteriores del procedimiento.
Nuestra intervención busca ordenar los antecedentes jurídicos, tributarios, societarios y contractuales relevantes, identificar los puntos efectivamente controvertidos y definir una respuesta coherente con la operación real del contribuyente y la documentación disponible.
Servicios
La actuación adecuada depende del documento recibido, el alcance de la revisión y los antecedentes que ya obren en poder de la autoridad tributaria o del propio contribuyente.
Revisión de comunicaciones mediante las cuales el SII solicita antecedentes o inicia una revisión, identificando su objeto, documentación requerida y alcance antes de preparar la respuesta.
Organización y análisis de declaraciones, contratos, facturas, documentación societaria, respaldos contables y otros antecedentes relacionados con las operaciones sometidas a fiscalización.
Análisis jurídico de la citación, los hechos y diferencias observadas, junto con la preparación de una respuesta destinada a aclarar, confirmar, rectificar o controvertir los aspectos planteados.
Revisión de inconsistencias detectadas por la autoridad y de su relación con las declaraciones, operaciones y documentos del contribuyente, procurando identificar el origen real de la diferencia.
Evaluación de actos posteriores a la fiscalización cuando el SII determina diferencias de impuestos o emite una orden de pago, considerando sus fundamentos y las alternativas jurídicas disponibles.
Definición de la vía administrativa o judicial que corresponda evaluar cuando existe desacuerdo con una actuación del SII y la controversia requiere ser formalmente discutida.
Derecho Tributario
La defensa frente a una fiscalización exige comprender tanto la norma tributaria como la estructura jurídica de las operaciones que están siendo revisadas.
Víctor Velásquez Nieto es abogado y socio fundador de Aguayo Velásquez Abogados. Cuenta con Magíster en Tributación por la Universidad Andrés Bello y Máster en Tributación y Fiscalidad por la Universitat de Lleida, España, además de formación de posgrado en Derecho de los Negocios y Derecho de la Empresa.
Su experiencia profesional incluye asesoría jurídica en la Seremi de Hacienda de Magallanes y práctica privada en materias tributarias, empresariales, litigiosas y de compliance.
Respuesta a la fiscalización
La entrega de antecedentes no debiera ser una actuación mecánica. Primero debe comprenderse qué está siendo revisado y cuál es la relación de cada documento con la observación formulada.
Es especialmente relevante identificar el acto recibido, su fecha de notificación, los períodos tributarios comprendidos, las declaraciones involucradas, las operaciones observadas y la documentación que puede respaldar jurídicamente la posición del contribuyente.
Cuando la fiscalización se relaciona con una empresa, puede resultar necesario revisar conjuntamente contratos, modificaciones societarias, operaciones entre relacionados, flujos de fondos, facturación, documentación contable y la forma en que una determinada operación fue efectivamente ejecutada.
¿La controversia excede una fiscalización puntual? Conozca nuestra práctica general de asesoría y defensa tributaria en Punta Arenas y Magallanes. →Nuestro enfoque
La fiscalización no se analiza sólo desde la declaración tributaria observada. También debe revisarse la operación que la originó, su estructura jurídica y los antecedentes que permiten explicarla.
Delimitación. Identificamos con precisión qué períodos, impuestos, partidas u operaciones se encuentran sometidos a revisión y qué actuación ha sido notificada.
Reconstrucción documental. Ordenamos los antecedentes que explican la operación y distinguimos entre documentación disponible, documentación faltante y aspectos que requieren aclaración.
Respuesta jurídica. Definimos qué debe ser explicado, acreditado o controvertido y preparamos la actuación correspondiente considerando la etapa concreta de la fiscalización.
Método de trabajo
La intervención se adapta al documento recibido y al estado concreto del procedimiento.
Revisamos la actuación del SII, fecha de notificación, períodos, operaciones observadas y antecedentes disponibles para establecer el punto de partida.
Ordenamos y contrastamos la documentación tributaria, contable, contractual y societaria, identificando los puntos que deben ser acreditados o explicados.
Elaboramos la estrategia jurídica y la presentación correspondiente, evaluando además las actuaciones posteriores que puedan surgir del resultado de la fiscalización.
Preguntas frecuentes
Cada procedimiento debe ser revisado según sus antecedentes, pero estas respuestas permiten comprender algunos aspectos generales antes de una evaluación jurídica.
No necesariamente. Una comunicación puede formar parte del inicio o desarrollo de una revisión. Debe revisarse su contenido para determinar qué está solicitando el Servicio y cuál es el alcance de la actuación.
No toda actuación de fiscalización constituye una citación. El SII puede requerir antecedentes durante una revisión y, en los casos que corresponda, citar al contribuyente para que presente, confirme, aclare, modifique o rectifique una declaración objeto de revisión.
Debe cumplirse oportunamente con los deberes que correspondan, pero antes resulta conveniente comprender qué se está fiscalizando, ordenar la documentación y verificar que los antecedentes entregados sean pertinentes y coherentes con la situación tributaria que se pretende explicar.
Dependiendo del procedimiento, el SII puede emitir actuaciones posteriores, entre ellas liquidaciones o giros. En ese momento debe revisarse el acto concreto y determinar si corresponde evaluar mecanismos administrativos o judiciales de impugnación.
Sí. La práctica comprende asesoría a empresas, socios y otros contribuyentes, incluyendo asuntos en que la revisión tributaria exige analizar conjuntamente contratos, sociedades, documentación contable y operaciones empresariales.
Consulta por fiscalización SII
La consulta jurídica permite identificar el alcance de la fiscalización, la documentación relevante y los próximos pasos que deben ser considerados.
Defensa tributaria
Puede solicitar una reunión para revisar la actuación recibida, los antecedentes involucrados y las alternativas jurídicas disponibles antes de preparar una respuesta.
Al contactarnos, indique el tipo de documento recibido, la fecha de notificación, los períodos involucrados y cualquier plazo próximo que deba ser considerado.
No hay productos en el carrito.